A continuación se presenta el plan de trabajo que fué aprobado por el comité de desarrollo técnico e innovación de ICONG, en su reunión del 2 de julio de 2013.
1. Nombre del Comité Técnico
Comité Técnico (CT) de elaboración de un documento de carácter técnico, sobre la clasificación de las áreas de intervención de acción social [1] en el Tercer Sector. Este CT recibirá el código ICONG/CT/03, en conformidad con el PTO.09 y Reglamento de Desarrollo Técnico e Innovación (DOC.02).
2. Objetivos y competencias
Elaboración de un documento técnico que ofrezca una taxonomía de las áreas de intervención en el Sector, donde también se identifiquen los criterios de clasificación de las actividades propias de éste y pueda ser utilizado para mejorar la identificación precisa del alcance en la certificación de sistemas de gestión de calidad con la Norma ONGC, así como la categorización del área experta de los miembros del que participa en las auditorias.
3. Justificación sobre la necesidad de elaboración reglamento técnico
En estos momentos, la clasificación de la que se dispone (DOC.05, versión 01), no reúne toda la casuística y heterogeneidad de las organizaciones del Tercer Sector, candidatas a la Certificación bajo la NORMA ONGC. No se trata de compartimentar y dividir más las actividades del Sector, sino revisar para mejorar la actual herramienta de clasificación y que esté actualizada y sea útil.
Una de las necesidades a cubrir con esta nueva revisión es que la clasificación sea lo más completa y lógica que se pueda ya que, para definir el alcance de las certificaciones, es necesario tener acotado, de la manera más clara posible, las actividades que las organizaciones del Sector están realizando.
Unido a lo anterior, hay que añadir la correcta identificación del equipo auditor y de los expertos en el área de Certificación del Instituto. Esta clasificación busca acotar la experiencia y especialización que deben de tener los Auditores y Expertos calificados por ICONG.
Además, esta clasificación pretende servir como taxonomía de las áreas de intervención del sector, de manera global, y que hasta el momento no se encuentran claramente identificadas.
Esta taxonomía, lejos de compartimentar y constreñir, pretende definir de manera más holística las áreas de acción social actuales del Tercer Sector, para lo que se propone, desde la revisión del documento, la mejora y clarificación de los criterios y las actividades de las entidades del Tercer Sector, para facilitar la gestión, desde una lógica de operatividad como taxonomía integral.
4. Alcance de actuación
Nueva versión del documento técnico (DOC.05) que sirva de clasificación y codificación de las actividades propias de Tercer Sector, identificando y definiendo los criterios de clasificación utilizados.
5. Composición: partes interesadas miembros del Comité
Serán miembros del Comité la representación de las siguientes partes interesadas:
- Clientes: personas de entidades que pertenecen y trabajan en el campo del Tercer Sector, que comprenden su cultura y dominan el lenguaje común y que poseen conocimientos técnicos de alto nivel en gestión, desarrollo y calidad y que dispongan de una visión lo más holística posible de las áreas de intervención del Sector.
- Expertos: personas que, por su perfil técnico y por razones de operatividad, hagan que su aportación en el Comité sea altamente significativa para alcanzar el cumplimiento de objetivos.
- Profesionales de la Acción Social: personas que mediante una relación laboral o como voluntarios presten servicio en las organizaciones y que puedan aportar su conocimiento y experiencia en áreas de actuación que puedan facilitar su identificación, que haya pasado por varios servicios distintos dentro del Sector.
- Administración Pública: como entes interesados en la mejora de la eficacia, eficiencia y transparencia de los programas que financian, tanto financiadores privados como públicos.
- ICONG: como garante del proceso y canalizador del resultado.
Para aquellos grupos de interés que no están directamente representados (usuarios finales y financiadores), se buscará que puedan hacer sus aportaciones durante todo el proceso, (pendiente definir cómo: vía encuesta, entrevista….)
En la composición del Comité se tendrán en cuenta los criterios de: capacidad técnica, operatividad, representatividad como parte interesada, proporcionalidad en representación de las distintas partes interesadas, experiencia en el objeto o campo del desarrollo o innovación técnica, con el fin de que su aportación sea significativa para alcanzar los objetivos definidos a este órgano.
6. Información de contacto
Se puede contactar vía email y postal con ICONG para solventar dudas o aclaraciones sobre dicho proceso a la Secretaría Técnica:
- info@icong.org
- ICONG. Avda. de la Reina Victoria, 17, 2ºA (28003 – Madrid)
7. Información adicional
Se pueden ver o descargar los siguientes documentos relacionados con este tema:
- La Taxonomía de áreas de intervención (PDF)
- El documento anexo de como utilitzar dicha taxonomía (PDF)